CONTENIDOS QUE SERÁN RECOPILADOS
Para ser considerados
RIACTIs, los contenidos deberán cumplir con la siguiente tipología documental:
a) Publicaciones
científicas: comprende el universo de publicaciones resultado de
investigaciones, dentro de las que se incluyen:
● Libros: obra monográfica centrada
en un tema en particular, de uno o varios autores que es publicada completa en
una emisión y no es memoria de congreso, manual, artículo y otro similar.
● Artículos: contribución sujeta a
revisión de pares en una revista académica.
● Capítulos de libros: parte o
capítulo de un libro. Capítulo consecutivo o contribución en una compilación
publicada en forma de libro.
● Conferencias: presentación o
disertación realizada dentro de un congreso o evento similar, o como evento
académico independiente. Por ejemplo, conferencia inaugural, conferencia
magistral o conferencia de clausura.
● Tesis de posgrado: Investigación
realizada para obtener título de maestría, doctorado o especialización.
b)
Productos
del desarrollo tecnológico y de innovación: contempla los desarrollos
tecnológicos, sistemas de software, patentes, transferencias tecnológicas,
prototipos o diagnósticos dirigidos al estado de la tecnología.
c) Datos
de las investigaciones: incluye aquella información recabada y utilizada para
la investigación académica, científica, tecnológica y de innovación; además de
ser comúnmente aceptada por la comunidad científica como un elemento necesario
para validar los resultados de las investigaciones y que pueden ser aceptados
siempre que sean datos de observaciones (registros históricos e irrepetibles),
experimentales (datos que acompañan a los experimentos) o computacionales
(datos que acompañan a las simulaciones) y que sean o formen parte de:
● Experimentos científicos.
● Modelos y simulaciones con
metadatos asociados.
● Observaciones: formularios, censos,
registros de votos, etc.
● Datos derivados: resultados del
proceso de combinación de datos sin procesar con otros datos.
● Datos referenciales: fórmulas,
estructuras químicas, etc.
● Material complementario:
instrucciones de codificación, gráficos sobre los datos, diccionarios de datos,
etc.
CONTENIDOS QUE NO SERÁN RECOPILADOS
No serán considerados
RIACTIs, los contenidos siguientes:
● Documentación administrativa o
legal.
● Notas de laboratorio.
● Sets de datos parciales.
● Análisis preliminares.
● Borradores de trabajo.
● Planes para investigaciones
futuras.
● Comunicaciones entre colegas.
● Objetos físicos.
CON RESPECTO A LA INGESTA DE CONTENIDOS
Existirán dos métodos de ingesta de los
RIACTIs hacia los sistemas que la institución seleccione para su gestión y
publicación:
1. Procedimientos
automáticos
a. Este
proceso solamente podrá ser realizado por el personal designado por la institución, que cuente con las competencias y conocimientos necesarios.
b. La
carga de la información se realizará a través de un proceso informático, de
forma masiva hacia los sistemas informáticos de la institución. Para
este proceso, se deberán cuidar en todo momento la calidad y la integridad de
los contenidos migrados, así como de sus respectivos metadatos.
2. Entrega
directa por parte de los autores.
a. La institución deberá asegurar que en cada una de las plataformas
informáticas encargadas de almacenar y gestionar RIACTIs se encuentren
disponibles las guías, manuales y ayudas necesarias para los autores, ya sea en
la página principal o en las secciones de normas para autores o de validación
de usuarios.
b. En
todos los procesos, se deberá incluir un paso donde se informe con toda
claridad al autor el tipo y las implicaciones de la licencia de Acceso Abierto
que esté seleccionando.
c. De
igual forma, deberá haber un paso donde el autor conozca los límites y
responsabilidades que asume al depositar su trabajo, así del sistema de
información al recibirlo.
d. El
usuario deberá contar con datos de ayuda, soporte y contacto para que la institución o las personas encargadas puedan apoyarle con el proceso de aclarar
dudas.
e. La institución deberá definir unas reglas técnicas de operación para la
revisión, validación, curaduría u otros procesos previos a la publicación en
línea del contenido.
CRITERIOS DE CALIDAD CON QUE DEBERÁN CONTAR LOS RIACTIs
Los RIACTIs, de acuerdo con
su tipología deberán apegarse a los criterios de calidad que les correspondan
de acuerdo con las siguientes definiciones:
a) Artículos:
deben ser evaluados por al menos un índice de reconocido prestigio
internacional o pertenecer a una publicación editada por El Colegio de San Luis y haber
pasado un proceso de revisión por pares.
b) Libros
o capítulos de libros: deben contar con un ISBN para su versión digital y
publicados a partir de la evaluación de un comité editorial o proceso de
evaluación por pares.
c) Conferencias:
deben ser trabajos presentados en congresos o conferencias y que fueron
evaluados por pares.
d) Tesis
de posgrado: recursos de información académica, científica, tecnológica o de
innovación que transita por un comité tutorial y revisor que avala su
publicación.
ESQUEMA DE METADATOS
Todos los sistemas que se
encarguen de gestionar, alojar o publicar RIACTIs, deberán ser compatibles con
el esquema de metadatos denominado Dublin Core y apegarse a las directrices
vigentes publicadas por la organización internacional OpenAIRE para repositorios
de recursos textuales y para repositorios de datos.