Estándar IEFT RFC1737
El Grupo de Trabajo de Ingeniería
en Internet (IETF Internet Engineering Task Force) es una entidad internacional
de normalización cuyo objetivo es contribuir a la arquitectura de Internet
desarrollando normas encaminadas al transporte, procesamiento de datos y
seguridad. El IEFT es reconocido internacionalmente por ser la organización que
regula las propuestas y estándares en Internet conocidos como RFC.
El estándar RFC 1737 dicta los
Requerimientos Funcionales para Nombres de Recursos Uniformes respecto a sus
capacidades funcionales y la forma en cómo se codifican. Entre estos
requerimientos destacan los dos siguientes:
Unicidad: el URN asignado a un
recurso digital nunca podrá asignarse a otro recurso; es decir un mismo URN
nunca podrá ser asignado a dos recursos digitales distintos.
Persistencia: el periodo de vida de
un URN es permanente, es decir se usará como referencia a un recurso aún cuando
el mismo hubiera caducado. Por lo que un identificador permanente no podrá
volver a ser asignado a ningún otro recurso una vez que ya fue utilizado.
Metodología de asignación de identificadores
persistentes
Con el objetivo de garantizar la
disponibilidad total de los documentos alojados en los sistemas, se hará uso de
sistemas formales de identificación persistente de los recursos, ya sea a
través del servicio DOI o del servicio HANDLE, ya que es fundamental que cada
documento publicado cuente con una URL de acceso pública, única y persistente.
Es muy importante tener en cuenta
que todos los sistemas utilizados para el proyecto de ciencia abierta de la
institución, harán uso de identificadores persistentes en todos sus registros.
En esta sección se define la
metodología de trabajo que permitirá definir qué identificador único será
asignado a los recursos como identificador público y definitivo, esto con el
objetivo de evitar conflictos generados por la duplicación de recursos y de
identificadores únicos, lo cual podría afectar la generación de métricas de
consulta e impacto de los recursos.
Asignación
del identificador persistente
Para las revistas científicas
editadas en la institución: deberá asignarse un identificador DOI, que debe
apuntar al artículo publicado en el sitio web oficial de la revista y deberá
ser entregado cuando los metadatos sean cosechados por el repositorio institucional
o por plataformas externas.
Para los recursos almacenados en el
repositorio institucional: en caso de tratarse de recursos alojados en sistemas
donde hayan sido formalmente publicados (como el caso de los artículos de
revistas científicas) deberá priorizarse el DOI o el identificador persistente
que se les haya asignado originalmente; para el caso de los materiales que son
depositados de forma primaria en el repositorio, se deberá asignar un
identificador persistente del tipo HANDLE.
Para los nombres de autores o
personas que sean mencionadas dentro de los metadatos de cualquiera de los
sistemas: deberán contar con un identificador ORCID.
Para los nombres de instituciones o
entidades editoras: deberán utilizarse identificadores ROR.
Para más información sobre el uso
de integración de estos identificadores, es necesario consultar la información
oficial vigente de cada uno de los sistemas de asignación de identificadores
persistentes:
DOI: https://www.doi.org
HANDLE: https://www.handle.net
ORCID: https://orcid.org ROR: https://ror.org
Protocolos
de revisión de identificadores
Es necesario que se realice una
validación periódica de la correcta operación de los identificadores
persistentes en los sistemas, de acuerdo con las recomendaciones vigentes que
publiquen las diferentes entidades encargadas de asignarlos y proporcionarlos.